La Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que el día de hoy a las 12:00 horas, se registró un valor de 106.9 y 100.2 microgramos por metro cúbico de partículas PM2.5 en las estaciones Nezahualcóyotl y Santiago Acahualtepec, respectivamente, ubicadas en el municipio de Nezahualcoyotl y la alcaldía de Iztapalapa en las Zonas Noreste y Sureste del Valle de México.
Lo anterior, en seguimiento a los niveles de calidad del aire, a las condiciones meteorológicas presentes en la ZMVM.
Con fundamento en los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas que aplican en la Zona Metropolitana del Valle de México, la Comisión Ambiental de la Megalópolis ACTIVA LA FASE 1 DE CONTINGENCIA AMBIENTAL POR PARTÍCULAS PM2.5 EN LA ZONA METROPOLITANA DEL VALLE DE MÉXICO, con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para
reducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas
concentraciones de partículas el día de mañana:
Restricciones a la circulación en el Sector Transporte
Mañana jueves 2 de enero del 2025, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 1, 2, 4, 6, 8 y 0. 3.
Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado verde, con terminación de placa 1 y 2. 4.
Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
5. Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.
6. Los taxis con holograma de verificación ”2,” “1”, “0” y “00” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
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