La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios debe entregar el documento o archivo que constate cualquier informe, consulta, evaluación, certificación, autorización o dictaminación sobre el aspecto bioético en el uso del medicamento ivermectina y que el Gobierno de la Ciudad de México distribuyó entre personas infectadas por el virus SARS-CoV2, determinó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
Una persona requirió copia del documento o archivo al respecto, y en respuesta, la Cofepris precisó que la información solicitada no formaba parte de la documentación que, con base en sus facultades, se deba resguardar o documentar en los sistemas electrónicos con los que se cuenta, por lo que no entregó la información solicitada.
Inconforme con la respuesta de inexistencia de la información, el particular presentó ante el INAI un recurso de revisión. Asimismo, indicó que el documento referido en la solicitud fue realizado por instituciones públicas de la Ciudad de México y el Instituto Mexicano del Seguro Social.
El Comisionado comentó que ante la creciente atención internacional sobre la posibilidad de usar ivermectina para tratar la COVID-19, se estableció un grupo especializado de expertos internacionales que elaborara orientaciones al respecto, de tal manera que, tras revisar los datos agrupados en 16 ensayos controlados con asignación aleatoria que habría incluido un total de 2 mil 407 pacientes con COVID-19, el grupo concluyó que las pruebas de la ivermectina señalan que reduce la mortalidad, la necesidad de respiración mecánica, la hospitalización y el periodo que se tarda en lograr una mejoría clínica en los enfermos, eran muy poco factibles, ya que los ensayos habían incluido a pocos individuos.
“En el caso que nos ocupa debe de advertirse que tomando en cuenta diferentes fuentes de información oficiales entre las que se encuentra la revista British Medical Journal, se advierte que, en 2021, el Gobierno de la Ciudad de México entregó cerca de 200 mil kits para realizar un estudio con el fin de reducir los efectos de hospitalización en aquellos pacientes que dieron positivo a COVID-19; kits que contenían, entre otras cosas, ivermectina de 6 miligramos”, apuntó.
La Cofepris turnó la solicitud de mérito a una de las unidades administrativas que, por sus atribuciones, resulta competente para conocer de lo requerido por el particular, es decir, a la Comisión de Autorización Sanitaria, y fue omisa en turnar la solicitud a la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura que, entre cosas, se ocupa de apoyar la instrumentación de acciones en materia de vigilancia sanitaria, de regulación y, en su caso, de vigilancia epidemiológica, así como las encaminadas a esta evaluación y seguimiento de los eventos asociados con el uso de medicamentos y productos biológicos.
El Pleno del INAI revocó la respuesta de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y le instruyó realizar una búsqueda exhaustiva y razonable en todas las unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Comisión de Autorización Sanitaria y la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura, respecto del documento o archivo que constate cualquier informe, consulta, evaluación, certificación, autorización o dictaminación sobre el aspecto bioético en el uso del medicamento llamado “ivermectina” como terapéutico contra la COVID-19 y que el Gobierno de la Ciudad de México distribuyó entre personas infectadas por el SARS-CoV2.
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