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Laura Meléndez

INE emite cautelares para detener difusión de propaganda de la Presidencia y senadores de Morena


La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral resolvió 2 medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional y Jorge Álvarez Máynez, por presunta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido por el Presidente de la República y los senadores Morena: ambas procedieron.


La Comisión conoció la denuncia del PAN en contra del titular del Ejecutivo Federal por la difusión de 2 publicaciones en la página de internet https://lopezobrador.org.mx y en redes sociales oficiales relacionadas con las actividades del Presidente de la República, que dan cuenta de una reunión el 12 de febrero con autoridades del pueblo Seri, en Hermosillo, así como el acto de supervisión del estadio “Tomás Oroz Gaytán”, un día después en Cajeme, las cuales, a juicio del PAN, se trata de logros, acciones y programas de gobierno considerada propaganda gubernamental en periodo prohibido en el contexto de la Revocación de Mandato.


La Comisión de Quejas y Denuncias determinó procedentes las medidas cautelares, ya que, en un análisis preliminar, se advierte que ambas publicaciones resaltan acciones realizadas por el Poder Ejecutivo Federal, y no forma parte de una campaña de información concerniente a servicios educativos, de salud o de protección civil permitidas en la Constitución, sino de manifestaciones realizadas en el contexto de actividades durante una gira de trabajo en Sonora.


Por lo anterior, se determinó vincular al Presidente de la República, a que de inmediato, en un plazo que no podría exceder de 3 horas, realice las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar las publicaciones denunciadas, así como de cualquier otra plataforma electrónica bajo su dominio, control o administración.


En cuanto a la tutela preventiva, la Comisión declaró su procedencia. La Comisión determinó ordenar al Presidente de la República que se abstenga de realizar o emitir manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos relacionados con logros y actividades de gobierno, así como de otras áreas y dependencias a su cargo, que puedan considerarse propaganda gubernamental, en el periodo comprendido entre la emisión de la Convocatoria para la Revocación de Mandato publicada el 4 de febrero de 2022 y hasta la Jornada de Revocación de Mandato el 10 de abril.


Además, el Presidente de la República deberá revisar, ajustar, adecuar, modificar o actualizar sus estrategias, programas o políticas públicas para que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales, sin interferir en este proceso de participación ciudadana.


Las Consejeras y el Consejero integrantes de la Comisión dejaron en claro que esta determinación no pretende paralizar la actividad gubernamental del Ejecutivo Federal, sino llamar al Presidente de México a reforzar su deber de cuidado en la emisión de manifestaciones que pudieran actualizar una violación a la prohibición de difundir propaganda gubernamental; y tampoco puede considerarse como censura previa, ya que el Mandatario tiene un especial deber de cuidado respecto de las expresiones que emite y que puedan derivar en una afectación de los principios de imparcialidad, neutralidad o disposiciones vinculadas con el proceso de Revocación de Mandato.


En un segundo caso, la Comisión resolvió medidas cautelares solicitadas por Jorge Álvarez Máynez, en contra del Grupo Parlamentario de Morena en el Senado, por la presunta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, derivado de la publicación identificada como #COMUNICADO El Grupo Parlamentario de Morena en el @senadomexicano, respalda incondicionalmente al Presidente Andrés Manuel @lopezobrador_, a la #4T y a la Reforma Eléctrica alojada en el perfil de dicho Grupo de la red social Twitter, desde el pasado 15 de febrero de 2022.


Por esta razón, se ordena a la bancada de Morena en el Senado de la República que, en un plazo que no podría exceder de 3 horas, elimine el comunicado alojado en la red social Twitter, así como de cualquier otra plataforma electrónica bajo su dominio o administración.


Finalmente, se declaró improcedente el dictado de la tutela preventiva correspondiente a ordenarle a todos los involucrados se abstengan de seguir realizando actos similares, pues se trata de hechos futuros de realización incierta.


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