top of page
bambarito59

Cofece sujeta compra de plantas de generación de energía eléctrica a Iberdrola a ciertas condiciones



La Comisión Federal de Competencia Económica informa este jueves, que sujetó al cumplimiento de condiciones la autorización de la operación notificada por Mexico Infrastructure Partners FF, S.A.P.I. de C.V. (MIP) y el Fondo Nacional de Infraestructura (FONADIN) para comprar 13 plantas de generación de energía eléctrica a Iberdrola Generación México, S.A. de C.V. y sus subsidiarias.


El cumplimiento de estas condiciones garantizará que la competencia económica del mercado de la generación eléctrica no se vea afectada.


Afirma la Cofece que las condiciones impuestas por el Pleno de la Comisión obligan a los compradores a operar las plantas de generación objeto de la Operación de manera independiente en el mercado, y a evitar intercambios de información sensible o estratégica entre competidores.


Con la finalidad de que las plantas de generación eléctrica funcionen de manera autónoma e independiente, se impusieron estas condiciones:


* FONADIN o sus partes vinculadas en la Operación deberán reducir y mantener su inversión en un máximo de 51%, lo cual debe concretarse en un plazo de 24 meses.


*Se debe designar a un administrador profesional independiente, que sea el encargado de tomar decisiones relativas a la operación de las plantas de generación eléctrica en el mercado.


*Establecer controles y mecanismos para que las decisiones relativas a la administración de las plantas de generación eléctrica solo puedan ser adoptadas mediante votaciones calificadas o con intervención obligatoria de inversionistas institucionales o miembros independientes.


*Establecer controles y mecanismos que obliguen a las personas encargadas de la operación de las plantas de generación eléctrica a actuar con independencia y sin conflicto de interés.


Con la finalidad de obligar a los compradores a que eviten intercambios de información sensible o estratégica entre competidores, se impusieron estas condiciones:


Deben designar a un oficial de cumplimiento totalmente independiente a las partes que verifique y garantice esta situación.


*Directivos y personas encargadas de la operación de las plantas de generación eléctrica deberán abstenerse de tener cargos en algún otro competidor, y no podrán ser designados aquellos que fueron servidores públicos en los últimos 4 años.


Las condiciones impuestas por la Comisión, obligan a los Compradores a garantizar que, pese a la inversión del FONADIN en la Operación, las plantas de generación eléctrica operarán de manera autónoma e independiente en el mercado; sin injerencia o comunicación con sus competidores.


Estas Condiciones tienen una vigencia de 10 años y serán verificadas por la Cofece a través de diversos mecanismos establecidos en la resolución.


Los compradores deberán aceptar de manera expresa e incondicional las condiciones establecidas por el Pleno de la Comisión para cerrar la Operación y, en caso de que incumplan las condiciones una vez aceptadas, se podrán imponer las sanciones establecidas en el artículo 127 de la Ley Federal de Competencia Económica.


Comments

Rated 0 out of 5 stars.
No ratings yet

Add a rating
logotipo.png
nieve.jpg
bottom of page